lunes, 5 de julio de 2021

Esquema piramidal - PONZI

GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMÁTICA, 0981478818

 


Un esquema Ponzi.- Es una forma de estafa que atrae a los inversores y paga utilidades a los inversores anteriores con fondos de inversores más recientes.​ El esquema lleva a las víctimas a creer que las ganancias provienen de actividades comerciales legítimas (por ejemplo, ventas de productos y/o inversiones exitosas), y desconocen que otros inversores son la fuente de los fondos. Un esquema Ponzi puede mantener la ilusión de un negocio sustentable siempre que los nuevos inversores contribuyan con nuevos fondos, y siempre que la mayoría de los inversores no exijan el reembolso total y sigan creyendo en los activos inexistentes que supuestamente poseen.

 

Video Ilustrativo 1

 

Video Ilustrativo 2. Análisis matemático plataforma big money

Este video no pretende recrear el sistema de pagos de ninguna plataforma financiera en particular. Su finalidad es meramente didáctica y consiste en plantear una progresión aritmética en la que el siguiente número se obtiene multiplicando el anterior por 1.9 es decir:

Capital + 90% de interés.

De la siguiente manera:

1000 x 1.9 = 1900

1900 x 1.9 = 3610

3610 x 1.9 = 6859

6859 x 1.9 = 13032

... y así sucesivamente

Los invitamos a que realicen los cálculos ustedes mismos para que confirmen los valores indicados en el video, aún no contemplando los intereses es imposible mantenerse.

 



INCUMPLIMIENTO A LOS SIGUIENTES CÓDIGOS

COIP

ARTÍCULO 323 Captación ilegal de dinero

La persona que organice, desarrolle y promocione de forma pública o clandestina, actividades de intermediación financiera sin autorización legal, destinadas a captar ilegalmente dinero del público en forma habitual y masiva, será sancionada con pena privativa de libertad de cinco a siete años.

La persona que realice operaciones cambiarias o monetarias en forma habitual y masiva, sin autorización de la autoridad competente, será sancionada con pena privativa de libertad de tres a cinco años.

 COMYF

ARTÍCULO 254 Prohibición general.

Se prohíbe a las personas naturales o jurídicas que no forman parte del sistema financiero nacional captar recursos de terceros o realizar, en forma habitual, las actividades financieras definidas en el artículo 143 reservadas para las entidades que integran dicho sistema.

Tampoco podrán hacer publicidad o uso de avisos, carteles, recibos, membretes, títulos o cualquier otro medio que sugiera que el negocio de las personas mencionadas es de naturaleza financiera.

Las violaciones a lo preceptuado en este artículo serán sancionadas de acuerdo a lo que dispone este Código.



GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMÁTICA, 0981478818