domingo, 27 de julio de 2014

Funciones de la Junta de Regulación Monetaria y Financiera

GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMATICA, 0997344822

La Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera es la que normará el desempeño del sistema financiero nacional. Estará conformada, según el Código Monetario aprobado el jueves pasado por la Asamblea Nacional, por el ministro Coordinador de la Política Económica, Patricio Rivera -quien la presidirá-, por el ministro Coordinador de la Producción, Richard Espinosa, por el ministro de Finanzas, Fausto Herrera, por el titular de la Senplades, Pabel Muñoz, y un delegado del Presidente de la República. Este organismo sesionará, de manera ordinaria, cada mes y de forma extraordinaria si así lo convoca el titular. Basta que estén tres de las cinco autoridades para tomar decisiones que serán a nivel institucional.

Los miembros de la Junta gozarán de fuero de corte, es decir, sólo podrán ser juzgados por sus actos y decisiones administrativas por la Corte Nacional de Justicia. Sus decisiones no requieren de la aprobación de otras instituciones del Estado. Los funcionarios, a título individual, están excentos de cualquier acción de índole judicial salvo la penal.

La Junta cumplirá 55 funciones, entre ellas: formular y dirigir la política monetaria, regular las actividades financieras, autorizar la política de inversiones, determinar el nivel de liquidez, establecer los niveles de la reserva de liquidez, los niveles de crédito, dictar normas para seguros y reaseguros. También aprobará la programación monetaria, crediticia, cambiaria y financiera, que se alineará al programa económico del Gobierno. Autorizará la política de inversiones de los excedentes de la liquidez y de las reservas internacionales. Incluso podrá presentar al Presidente de la República propuestas de modificación de la legislación monetaria, crediticia, cambiaria, financiera de seguros y valores.

Otra de sus funciones es salvaguardar el desempeño económico en situaciones de emergencia. Planificará, regulará y monitoreará los niveles de liquidez de la economía. También regulará los niveles máximos de remuneración y otros beneficios económicos, sociales, y compensaciones de los administradores de las entidades financieras, de valores y seguros, considerando la rentabilidad el riesgo, activos y el capital de la entidad en comparación con el resto de sistemas...

Esta entidad podrá requerir información del sistema financiero nacional, de valores y de seguros. Además, de toda entidad no financiera que otorgue créditos por sobre los límites que establezca la Junta. Parte de sus funciones es establecer condiciones y límites al endeudamiento externo. Podrá también disponer que las divisas provenientes de las operaciones que ella determine, ingresen de manera obligatoria al país y establecerá hasta por el monto de las divisas no ingresadas, en caso de incumplimiento de tal obligación. En caso de no poder cobrar estas obligaciones mediante débito bancario, procederá al cobro a través de la vía coactiva. (JB)
GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMATICA, 0997344822