jueves, 1 de octubre de 2015

Asamblea aprueba proyecto de Ley de prevención integral de drogas

GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMATICA, 0997344822



 Con 92 votos afirmativos, el pleno de la Asamblea Nacional aprobó el proyecto de Ley Orgánica de Prevención Integral del Fenómeno Socio Económico de las Drogas y de Regulación y Control del Uso de Sustancias Catalogadas Sujetas a Fiscalización, que contiene nuevos diseños de políticas públicas aplicables, con pragmatismo y objetividad, con alternativas de prevención para reducir el impacto en la salud pública y los problemas sociales.
La norma aborda la problemática desde una perspectiva integradora, que reconozca los enfoques y realidades nacionales y amplíe la ubicación del fenómeno de las drogas en el contexto socioeconómico de orden estructural que incorporan para su tratamiento factores causales como el desarrollo que sustenta la paz y la seguridad.
El proyecto contempla como mecanismos fundamentales acciones para la prevención del uso y consumo de drogas; el diagnóstico, tratamiento, rehabilitación e inclusión social; y, reducción de riesgos y daños.
Enfrenta el fenómeno socioeconómico de las drogas precautelando los derechos humanos; promueve la cultura de paz y seguridad ciudadana dentro del marco del buen vivir; las acciones de reducción de riesgos y daño contarán con información técnica oportuna que promueva una educación integral.
Los centros terapéuticos contarán con profesionales especializados, protocolos de buenas prácticas y programas de atención; en el caso de personas mayores de edad el tratamiento será voluntario, salvo los casos previstos en la ley. Las personas no podrán ser discriminadas, estigmatizadas por su condición de usuarias o consumidoras de cualquier tipo de droga.
Establece la obligación del Estado de prestar servicios de diagnóstico, tratamiento y rehabilitación a consumidores ocasionales, habituales y problemáticos de drogas e implementar programas direccionados prioritariamente hacia mujeres embarazadas, niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Atañe directamente a los sistemas nacionales en los campos de la salud, educativo, laboral, comunitario-familiar, recreativo – deportivo, cultural, comunicacional y de información.
La norma modifica el Código Orgánico Integral Penal, -que es el cuerpo normativo que regula la materia punitiva y persecutoria de las conductas que por su tipicidad constituyen delitos por la producción o tráfico ilícito de sustancias estupefacientes y psicotrópicas o preparados que las contengan- a fin de endurecer las penas previstas para la mínima y mediana escala, y combatir eficazmente el microtráfico, evitando que se convierta en una problemática social de proporciones, para lo cual se requiere la adopción medidas urgentes de carácter legislativo que posibiliten la prisión preventiva, a fin de asegurar la comparecencia de la persona procesada y el cumplimiento de la pena.
El documento contiene 43 artículos, 9 disposiciones generales, 17 transitorias, 3 reformatorias, 4 derogatorias y 1 disposición final en la que se establece que la Ley entraría en vigencia después de 90 días a partir de su publicación en el Registro Oficial.
Esta normativa endurecerá las penas por microtráfico con una reforma modificatoria del Código Orgánico Integral Penal (COIP). Así, los traficantes de baja escala (pequeñas dosis) recibirán penas de 1 a 3 años de prisión (actualmente de 2 a 6 meses) y, los de mayor escala (dosis altas) tendrán prisión de 3 a 5 años (hoy es de 1 a 3 años).

Con esto también la Ley convierte al actual Consejo de Sustancias Psicotrópicas y Estupefacientes (Consep) en una Secretaría Técnica adscrita a la Presidencia de la República.

La ley contempla también la creación de centros terapéuticos qcon mejores profesionales y programas de atención. (DAG)
GALLIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMATICA, 0997344822