1. El cambio más significativo que
propone la Comisión se da en la composición de los miembros del directorio
del BIESS y de su transición. Sobre ello se aclaró que la estructura se
mantiene como está y que para la selección de sus miembros se respeta el
proceso de elección de los representantes de los jubilados y afiliados
activos. El proyecto planteaba que tres de sus cinco miembros sean delegados
del Ejecutivo.
2. Incorpora a las entidades del
sector financiero popular y solidario. Allí se establece que dentro de las
políticas que deba implementar la Junta de Política Monetaria y Financiera,
que estará bajo las órdenes de Carondelet, se considere el carácter
específico que tienen las organizaciones del sector.
3. De igual manera se modificó la
propuesta de que las entidades asociativas como bancos comunales y cajas de
ahorro puedan optar por el derecho a la personería jurídica pero en el marco
de una regulación y supervisión por parte de la Superintendencia de Economía
Popular y Solidaria equiparable a la de las cooperativas de ahorro y crédito.
La conversión de las instituciones de la Economía
Popular y Solidaria. Allí se modificó el texto con la finalidad que quede
claro que las cooperativas no pueden convertirse en una institución del
sector financiero privado.
4. Se incorpora un inciso que permite
que las cooperativas puedan incrementar el techo de cobertura del seguro de
sus depósitos.
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5. La Corporación de Desarrollo del
Mercado Secundario de Hipotecas. Allí se señala que esta deje de efectuar la
actividad de administración fiduciaria -privativa de las instituciones de
mercado de valores- y permanezca como una institución de servicios
financieros del sistema financiero, en su rol de apoyo para el redescuento de
cartera hipotecaria de la banca.
6. La Junta de Política y Regulación
Monetaria y Financiera no tenga la facultad de interpretar las disposiciones
del Código, sino que únicamente puede aplicarlas.
7. Se incorporó al proyecto un
procedimiento administrativo sancionador que aplicarán las Superintendencias,
el cual no estaba regulado.
8. Se elimina el artículo que faculta
a los organismos de control a sancionar administrativamente infracciones no
tipificadas.
9. La Comisión modifica el texto en
la disposición general novena a fin de que quede expreso que esta norma no
obsta el ejercicio de la acción penal por parte de la Fiscalía General del
Estado en los delitos contra la Administración Pública.
10. La Comisión incorporó una
disposición genera para que el Instituto Nacional de Estadística y Censos
mejore la calidad de los datos e incluya los monetarios y financieros.
Finalmente, el asambleísta Ramiro
Aguilar Torres, deja por escrito que este Proyecto de Código Monetario es
negativo para la estabilidad financiera y económica del país. Además afirma
que está en contra del modelo económico y político que conlleva el proyecto.
El pleno de la Asamblea debatirá
mañana en primera instancia el documento que elimina a otras 30 leyes. (JB)
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lunes, 7 de julio de 2014
10 Cambios al Código Monetario Financiero
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