viernes, 4 de julio de 2014

ECUADOR - PROYECTO CÓDIGO MONETARIO Y FINANCIERO


GALO LIMA, CUMPLIMIENTO Y SEGURIDAD INFORMATICA, 0997344822


Hasta mañana está previsto que el pleno de la Comisión de Régimen Económico presente en la Asamblea el informe para primer debate del proyecto de Código Orgánico Monetario y Financiero, por lo cual continúa recibiendo las observaciones de los sectores involucrados en la propuesta del Ejecutivo.
Uno de esos sectores es la Asociación de Jubilados del Ecuador, que por intermedio de su vocero, Édison Lima, planteó que se revise la modificación del directorio del Banco del Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (Biess), el encargo a la Superintendencia de Bancos por 180 días y lo referente al manejo de los fondos previsionales.
Según la propuesta de Código Monetario, “el directorio del Banco del IESS estará conformado por 5 miembros”.
Estos serán el delegado del presidente de la República, el titular de la secretaría de Estado a cargo de la política económica y el titular de una secretaría de Estado a fín a la actividad o sus delegados. Habrá además un delegado de los afiliados y uno de los jubilados para que haya mayor representación.  
Lima manifestó estar de acuerdo en que se incremente el número de  vocales del directorio, pero que esto sea paritario, por lo cual propone que aumente un delegado de los servidores públicos y que se mantenga que quien presida el organismo tenga el voto dirimente.
Uno de los aspectos que más le preocupa es lo que se refiere a los fondos previsionales, contenido en el numeral 10 de la Disposición Reformatoria Vigésima Primera del Código Monetario, al considerar que existirían visos de inconstitucionalidad.
El fondo previsional es una parte del aporte jubilatorio de los trabajadores afiliados, el cual se invierte con el fin de generar ganancias en las cuentas de ahorro individuales.
La norma plantea que “los recursos de los fondos previsionales públicos del IESS se transferirán al Banco, en la forma y la periodicidad que establezca la Junta de Política y Regulación Monetaria y Financiera, en las normas que expedirá para el efecto”.
Lima consideró que “esto estaría en contradicción con el artículo 372 de la Constitución, que determina que los fondos y reservas del seguro universal obligatorio serán propios y distintos de los del fisco. Ninguna institución del Estado podrá intervenir o disponer de sus fondos y reservas, ni menoscabar su patrimonio”.
Estos aspectos fueron contrastados por el vicepresidente de la Comisión, Galo Borja, quien explicó que durante la etapa de transición en que se hará el cambio del directorio del banco.
De acuerdo con Borja los miembros actuales seguirán en sus funciones hasta ser reemplazados, pero estarán acompañados por la Superintendencia de Bancos. Descartó que se incremente un miembro más al directorio.
Borja precisó que en el proyecto no hay vicios de inconstitucionalidad tal cual mencionó el representante de los afiliados.
Sostiene que el hecho de que la Junta de Regulación Monetaria establezca reglas de los fondos previsionales, no le da autoridad para utilizarlos de una manera diferente a la que se ha venido haciendo. “Los recursos van a seguir siendo manejados responsablemente”, dijo.
F: telegrafo.com.ec