Karla Naranjo Álvarez
“Nos golpeaban si protestábamos, nos
gritaban ‘perras, gánense la comida por lo menos’. Permanecí durante varios
años en este lugar; intenté huir 3 veces. En la primera me pegaron, en la
segunda los mismos clientes me denunciaron y me obligaron a regresar, y en la
tercera logré escapar con ayuda de un cliente… y una vez más, me dejó en otro
negocio”.
Este es el testimonio de una víctima de
trata de personas en Ecuador, el cual consta en un informe publicado en 2012,
por la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (Unodc).
En el estudio se señala a Ecuador como
uno de los países de origen de mayor número de víctimas de trata en
Sudamérica (junto con Bolivia y Paraguay). Los destinos principales de dichas
víctimas son Colombia y Perú. Adicionalmente, los ecuatorianos son el segundo
grupo mayoritario de víctimas de trata en Colombia.
En ese estudio, la Organización
Internacional de Trabajo (OIT) advierte que en Ecuador hay cerca de 25.000
mujeres en la prostitución, de quienes 5.200 son niñas y adolescentes.
En el informe, la doctora Tania Moreno,
fiscal de la Unidad contra el Crimen Organizado, aclaró que “se deben
diferenciar los tipos de trata existentes: nacional e internacional”.
A nivel nacional, la trata de personas
es acompañada casi siempre de explotación sexual y las ciudades de destino de
las víctimas son Quito, Guayaquil y Cuenca.
Con respecto a la trata de personas de
carácter internacional, Ecuador es un país de llegada, en su mayoría de
jóvenes colombianas y cubanas, entre otras mujeres -y ciudadanos en general-
de procedencia de otros países de la región.
En la trata internacional referente a la
explotación laboral, los países destino son Chile, Venezuela y Colombia. Aquí
se incluyen aspectos como el trabajo en mendicidad.
Cifras en Ecuador
En el libro Delitos copio de la Fiscalía
General del Estado (FGE) consta que en 2012 se registraron un total de 176
noticias del delito de trata en el país. Pichincha fue la provincia con mayor
número de casos (74), seguido de El Oro (23) y Guayas e Imbabura con 15 y 12
hechos respectivamente. En total fueron 255 víctimas.
El 67% de perjudicados en ese año fueron
mujeres y el 17% hombres. La edad más común de los afectados/as fue entre 15
y 17 años (estudiantes que cursan el bachillerato) con el 17,6%; la mayor
parte de ellas explotadas sexualmente.
El análisis de la FGE indica que el
tratante emplea varios medios para reclutar personas y explotarlas. No en
todas las denuncias recabadas se detalló esa información, pero la principal
captación fue el engaño (supuesta oportunidad de trabajo), luego la
utilización de la violencia (rapto) y en un menor porcentaje las amenazas de
muerte, manipulación sentimental, oferta de regalos o usos de sustancias
químicas.
El fiscal GaloChiriboga indicó que
habría que llegar a un acuerdo para verificar la validez de los anuncios de
ofertas de trabajo a través de los medios de comunicación. Dice que “las
personas a las que las contratan supuestamente para ser modelos, terminan
siendo prostituidas”.
El funcionario añadió que “evitarlo (el
delito), no creo que sea posible; pero reducirlo a su mínima expresión debe
ser el objetivo. Estas personas operan aprovechándose de las falencias
económicas, sociales, educaciones, desempleo”.
Porcentaje mundial
El 59% de las víctimas de trata de
personas a nivel mundial -según la ONU- corresponde a mujeres mayores de edad
y el 17% a niñas. Los hombres adultos representan el 14% de los afectados y
los menores el 10%.
Los países de África y Asia cuentan con
más casos de explotación laboral, mientras que en Europa o América abunda la
sexual.
En una asamblea general de los Estados
miembros de la ONU, celebrada el 7 de noviembre del 2013, se decidió designar
el 30 de julio como Día Mundial contra la Trata de Personas, ante la
necesidad de crear mayor conciencia de la situación de las víctimas y de
promover y proteger sus derechos.
Sanción del nuevo COIP
El Código Orgánico Integral Penal (COIP)
que entra en vigencia el próximo 10 de agosto, establece en el artículo 91
que la trata de personas es la captación, transportación, traslado, entrega,
acogida o recepción para sí o para un tercero, de una o más personas, ya sea
dentro del país o hacia otros países con fines de explotación.
La sanción por este delito es la pena
privativa de libertad de 13 a 16 años. Pero existen variaciones, por ejemplo;
aumenta de 16 a 19 años si la infracción recae en personas de uno de los
grupos de atención prioritaria o en situación de doble vulnerabilidad, o si
entre la víctima y el agresor ha existido relación. De 19 a 22 años de
privación de libertad si con ocasión de la trata de personas la perjudicada
ha sufrido enfermedades o daños sicológicos o físicos graves o de carácter
irreversible; y con pena de 22 a 26 años si se produce la muerte de la
víctima.
Cuando una persona jurídica es
responsable de la trata, será sancionada con multa de 100 a 1.000 salarios
básicos unificados del trabajador en general y 1a extinción de 1a misma.
Además, el COIP, en el artículo 93
precisa el: Principio de no punibilidad de la víctima de trata por la
comisión de cualquier delito que sea el resultado directo de haber sido
objeto de trata.
Tampoco se aplicarán las sanciones o
impedimentos previstos en la legislación migratoria cuando las infracciones
son consecuencia de la actividad desplegada durante la comisión del ilícito
del que fueron sujetas.
Julio César Cueva, abogado penalista,
mencionó que las penas se agravarán, ya que en el Código Penal vigente la
pena máxima por ese delito es de 16 años y la mínima de 9 años. “En el COIP
las conductas que gradúan la pena están mejor redactadas y ampliadas”.
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miércoles, 30 de julio de 2014
El 27% de víctimas de trata son niños
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