miércoles, 28 de octubre de 2026

SEPS - CyberSeguridad en COACs

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com

Botón de pánico, alertas contra fraudes y atención 24 horas: así es la nueva norma de ciberseguridad para cooperativas, mutualistas y otras entidades

La SEPS estableció nuevas exigencias para aplicaciones móviles, banca móvil, cajeros automáticos, tarjetas y otros canales, con el fin de proteger a usuarios.

 

La Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (Seps) estableció plazos para la implementación de la nueva normativa. 

Cooperativas de ahorro y crédito, mutualistas, cajas centrales y las organizaciones y compañías de servicios auxiliares del sector financiero popular y solidario están obligadas a reforzar la seguridad de sus canales electrónicos, para prevenir fraudes digitales y mejorar los mecanismos de protección de sus usuarios.

La obligación fue establecida por la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (Seps), que emitió norma de control de seguridades en el uso de canales electrónicos para las entidades financieras del sector financiero popular y solidario.

La norma fue publicada en el Registro Oficial 395, del 22 de octubre de 2026.

El objeto es determinar el marco normativo y las medidas mínimas de seguridad de la información, ciberseguridad y gestión de riesgos tecnológicos que deberán implementar las entidades, organizaciones y compañías de servicios auxiliares que operen u ofrezcan productos y servicios financieros mediante canales electrónicos.

La regulación establece controles sobre: aplicaciones móviles, banca electrónica, banca móvil, aplicaciones transaccionales, canales digitales de autoservicio, interfaces de programación de aplicaciones (APIs) asociadas a servicios financieros, cajeros automáticos, tarjetas con chip de crédito y débito, tarjetas virtuales y/o tokenizadas, pagos inalámbricos seguros, dispositivos móviles, y cualquier otro canal tecnológico utilizado para la prestación de servicios financieros digitales.

La norma contiene medidas de seguridad específicas por cada servicio. Y fija responsabilidades para cada tipo de entidad financiera.

En el caso de transacciones y operaciones inusuales, irregulares o sospechosas, las entidades financieras deberán notificar de forma inmediata a los usuarios sobre alertas asociadas a las operaciones realizadas a través de los canales electrónicos, que se desvíen de su perfil transaccional.

Como medidas de seguridad de la información que deben implementarse en los canales electrónicos para brindar servicios financieros son varias, entre ellas:

  • Precautelar la integridad, disponibilidad y confidencialidad de los registros e información de los usuarios.
  • Establecer medidas de control y de alerta temprana con el fin de prevenir posibles riesgos.
  • Contar con privilegios de autorización, medidas de autenticación y controles de acceso lógico.
  • Implementar múltiples factores de autenticación.
  • Requerir mecanismos de autenticación de múltiples factores para el registro y modificación de la información de contacto.
  • Capacitar e informar a los usuarios sobre los riesgos derivados del uso de canales electrónicos; y sobre las medidas de seguridad que se deben tener en cuenta al momento de efectuar transacciones a través de estos.

Así mismo, se disponen 19 medidas de seguridad tecnológicas. Una de ellas determina contar con herramientas para prevenir la suplantación de identidad ante amenazas basadas en phishing, spam, spear-phishing, entre otros. Las entidades deberán contar con herramientas de prevención de pérdida de datos.

Para transacciones electrónicas también se contemplan varias reglas para proteger a los usuarios.

Por ejemplo, incorporar procedimientos de bloqueo cuando se presenten eventos inusuales que adviertan situaciones fraudulentas, o después de un número máximo de tres intentos de acceso fallido.

Además, poner a disposición de los usuarios una línea telefónica para emergencias con atención las veinticuatro horas, siete días a la semana.

Las entidades deberán contar con procedimientos actualizados para atender reclamos de los usuarios.

Tienen que habilitar un canal de comunicación específico para reportar fraudes o cualquier emergencia bancaria, el cual deberá operar de manera ininterrumpida las 24 horas del día, los 365 días del año.

Para la atención de transacciones no reconocidas, el canal incorporará los siguientes mecanismos:

  1. Botón de Pánico (kill switch): Una función prominente en la aplicación móvil (App) y sitio Web que permita al usuario congelar todas sus credenciales y cuentas con un solo toque en caso de sospecha.
  2. Línea de Emergencia: Un canal telefónico o chat humano que opere las 24 horas del día, los siete días de la semana, dedicado a fraudes.

Si una operación fraudulenta ocurre debido a fallas, vulneraciones o insuficiencias de seguridad atribuibles a la entidad financiera o a sus proveedores, la institución está obligada a reintegrar, compensar o revetir los montos comprometidos al usuario sin recargos adicionales.

Adicionalmente, las entidades deben contratar pólizas de seguros para cubrir las pérdidas económicas derivadas de incidentes de seguridad cibernética en sus plataformas.

Plazos de implementación

La implementación de esta nueva normativa contará con un período de transición para que las instituciones adapten progresivamente sus políticas, aplicaciones e infraestructura tecnológica.

Las cooperativas de ahorro y crédito que pertenecen a los segmentos 1, 2 y 3, así como las cajas centrales y las asociaciones mutualistas de ahorro y crédito para la vivienda, dispondrán de un plazo máximo de doce meses, contados a partir de la vigencia de la resolución.

En cambio, para las cooperativas de ahorro y crédito de los segmentos 4 y 5, el ente de control ha fijado un período más extenso, otorgándoles hasta veinticuatro meses para completar sus adecuaciones.

Durante este tiempo de transición, todas las entidades financieras obligadas deben elaborar y aprobar un plan de adecuación interno que identifique sus brechas actuales frente a la norma e implemente los nuevos requerimientos de manera progresiva.

Además, la disposición exige que las instituciones prioricen de inmediato la instalación de controles de seguridad, sistemas de monitoreo y bloqueos preventivos en aquellos canales y operaciones que representen el mayor riesgo de fraude o vulnerabilidad tecnológica para los usuarios. 

Descargar Normativa RESOLUCIÓN-No.-SEPS-IGT-IGS-IGJ-INSESF-INR-INGINT-INSEPS-2026-0157.

 Noticias Relacionadas:

1.- Ingeniería Social.

2.- Ley Cyberseguridad Ecuador

3.- COIP - Delitos informáticos

4.- ISO 27002-2022.

 

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com

viernes, 14 de agosto de 2026

El Poder de la Palabra

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com 

¿Por qué debemos cuidar las palabras? Lo que la Biblia dice sobre el chisme y hablar mal de otros

La palabra que guía esta reflexión es lenguaje. Hablar es una acción cotidiana, pero no siempre se toma conciencia del peso que tienen las palabras. Un comentario, un rumor o una crítica pueden parecer inofensivos, pero muchas veces generan daño en otros y también en quien los pronuncia.

La Biblia presta especial atención al uso del lenguaje. No solo advierte sobre el chisme y el juicio, sino que invita a utilizar las palabras como herramienta de construcción, verdad y respeto.

El poder de las palabras para dar vida o herir

La muerte y la vida están en poder de la lengua. (Proverbios 18:21)

Este versículo resume con claridad la importancia del lenguaje. Las palabras pueden animar, acompañar y sanar, pero también pueden herir, dividir y generar conflictos.

Muchas veces el daño no es físico, pero sí emocional. Un comentario negativo repetido puede afectar la autoestima de una persona o deteriorar relaciones. Tomar conciencia de esto es el primer paso para usar el lenguaje de manera más responsable.

El peligro del chisme y hablar a espaldas

El que anda en chismes revela secretos. (Proverbios 11:13)

El chisme suele presentarse como una conversación casual, pero puede tener consecuencias profundas. Difundir información sobre otros, especialmente sin su presencia, genera desconfianza y rompe vínculos.

Además, el hábito de hablar de los demás puede convertirse en una forma de evitar la propia reflexión. En lugar de enfocarse en la vida propia, la atención se dirige constantemente hacia los errores ajenos. La Biblia invita a cuidar lo que se dice y también lo que se escucha.

Hablar con verdad y respeto

Ninguna palabra corrompida salga de su boca, sino la que sea buena para edificar. (Efesios 4:29)

El lenguaje no solo debe evitar el daño, sino también buscar construir. Hablar bien de otros, dar palabras de ánimo o expresar una crítica con respeto puede fortalecer las relaciones.

Esto no significa evitar conversaciones difíciles, sino aprender a decir las cosas de forma consciente. La forma en que se comunica un mensaje puede marcar la diferencia entre construir o destruir.

La reflexión de hoy invita a revisar el uso cotidiano de las palabras. ¿Se utilizan para aportar, o para criticar y dividir? Muchas veces el cambio no está en hablar más, sino en hablar mejor.

Como acción concreta, puede ser útil prestar atención durante el día a lo que se dice sobre otras personas. Evitar el chisme, reducir el juicio innecesario y elegir palabras que construyan puede transformar no solo las relaciones, sino también la forma en que uno se percibe a sí mismo.

Las palabras tienen poder. Usarlas con conciencia es una forma de responsabilidad y también de crecimiento.

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com

miércoles, 15 de abril de 2026

Ley Orgánica de Educación Financiera

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com

 

La Ley Orgánica de Educación Financiera (LOEF), aprobada hoy 15 de abril de 2026 por la Asamblea Nacional con 88 votos a favor, marca un cambio estructural en el sistema educativo ecuatoriano. Su objetivo central es democratizar el conocimiento económico para reducir el sobreendeudamiento y mejorar la ciberseguridad.

La urgencia de esta ley se debió a cifras críticas de 2024 y 2025, donde se detectó que el 40% de los usuarios de tarjetas de crédito solo pagaban el mínimo y que cerca de 400,000 nuevos clientes del sistema financiero habían caído en mora por falta de conocimientos básicos.

Con la aprobación de la nueva Ley Orgánica de Educación Financiera (LOEF), el rol de la Superintendencia de Economía Popular y Solidaria (SEPS) y de la Superintendencia de Bancos (SB) pasa de ser únicamente supervisor a convertirse en un rol de rectoría técnica y vigilancia operativa.

 

ROLES DE LOS ENTES DE CONTROL


  1. Ciberseguridad.- Enfocada fuertemente en la prevención de fraudes bancarios y el uso seguro de canales digitales.
  2. Mercado de Valores.- Promover el conocimiento sobre inversiones en el sector bursátil para estudiantes universitarios.
  3. Consumo Responsable.- Mitigar los índices de morosidad en el crédito de consumo y tarjetas.
  4. Inclusión Rural.- Fomentar que las cooperativas lleven la educación financiera a las zonas más alejadas donde no llega la banca privada.
  5. Principios Cooperativos.- Enseñar sobre el ahorro asociativo y la gestión de cajas comunales.
  6. Microfinanzas.- Capacitar a jóvenes y estudiantes sobre el financiamiento para emprendimientos populares.

 

ROLES MINISTERIO EDUCACION

Educación financiera desde inicial en Ecuador

La nueva norma establece la inclusión obligatoria, progresiva y transversal de la educación financiera desde la educación inicial hasta la superior. También abarca a personas con escolaridad inconclusa y procesos de educación no formal.

El enfoque contempla principios de calidad, eficiencia, interculturalidad y pertinencia territorial. Además, incorpora perspectivas de género y ciclo de vida, respetando las cosmovisiones de pueblos y nacionalidades.

Estrategia nacional y capacitación docente

La normativa encarga a la Autoridad Educativa Nacional y al ente rector de la política financiera diseñar una estrategia nacional. Esta incluirá contenidos prácticos, metodologías adaptadas y evaluación con indicadores de impacto.

También dispone la capacitación continua de docentes y la coordinación con entidades financieras públicas, privadas y de la economía popular y solidaria.

Programas para grupos prioritarios

En el ámbito no formal, la ley ordena implementar programas de educación financiera al menos una vez al año. Estos estarán dirigidos a grupos prioritarios, zonas rurales, emprendedores, migrantes y beneficiarios de programas sociales.

Las actividades deberán ejecutarse sin fines comerciales y bajo principios de transparencia y protección al consumidor.

Enfoque en riesgos digitales y nuevas tecnologías

El proyecto incorpora de forma expresa la prevención de fraudes electrónicos, el uso seguro de plataformas digitales y la identificación de riesgos asociados a tecnologías emergentes, incluida la inteligencia artificial.

Además, introduce reformas a la Ley Orgánica de Educación Intercultural y al Código Orgánico Monetario y Financiero para consolidar la educación financiera como eje del desarrollo productivo y la inclusión económica.

Implementación y seguimiento

La ley dispone la emisión de un reglamento en un plazo de 90 días. También establece evaluaciones periódicas de la política pública de inclusión financiera, con revisiones cada tres años.

La normativa define la educación financiera como un proceso integral que permite a la ciudadanía tomar decisiones informadas, gestionar riesgos y fortalecer su bienestar económico.

Herramientas para administrar su dinero

El presidente del Legislativo, Niels Olsen, afirmó que la ley busca dotar a la ciudadanía, especialmente a los jóvenes, de herramientas para administrar su dinero, evitar estafas y usar créditos de forma responsable.

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com

lunes, 23 de febrero de 2026

Ley Ciberseguridad en Ecuador

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com


La Cámara de Innovación y Tecnología Ecuatoriana (CITEC), gremio que integra a las principales empresas nacionales e internacionales de tecnología, innovación y servicios digitales, destaca la aprobación de la Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Ciberseguridad. Esta normativa representa un hito en la protección de nuestra infraestructura crítica y servicios esenciales promoviendo el desarrollo responsable de la economía digital del Ecuador mientras previene y mitiga amenazas y ataques cibernéticos.

El proyecto de Ley Orgánica para el Fortalecimiento de la Ciberseguridad se caracteriza por varios elementos que lo convierten en un instrumento equilibrado, moderno y alineado con estándares internacionales:

El texto pone el foco en la protección de los activos estratégicos del país, incluyendo sistemas financieros, redes de telecomunicaciones, sistemas de salud y servicios públicos digitalizados, garantizando así la continuidad de servicios esenciales para la ciudadanía.

La ley reconoce la importancia de los proveedores de servicios digitales, entendidos como aliados estratégicos en la operación de la infraestructura crítica, al establecer reglas de juego claras que promueven la seguridad sin obstaculizar la innovación o la inversión.

El enfoque normativo se basa en el principio de responsabilidad compartida, limitando obligaciones a aquello que está bajo control directo de cada actor, evitando cargas desproporcionadas que podrían afectar la competitividad y la inversión en tecnología.

La normativa establece mecanismos de gobernanza que fortalecen la coordinación entre instituciones públicas responsables, así como la participación consultiva de la sociedad civil, academia y sector privado, promoviendo una visión integral y colaborativa frente a los desafíos de seguridad digital.

“La aprobación de esta Ley es un paso decisivo para garantizar que Ecuador cuente con un marco jurídico alineado a las mejores prácticas internacionales y preparado para enfrentar las amenazas digitales actuales y futuras. Se acompañado este proceso desde el sector privado porque entendemos que la ciberseguridad es una responsabilidad colectiva. Aplaudimos el trabajo técnico realizado por la Comisión de Seguridad y esperamos que el Pleno ratifique este texto sin modificaciones que afecten el equilibrio alcanzado”.

CITEC, desde su rol como representante del sector tecnológico privado, ha promovido la importancia de elevar la ciberseguridad a la agenda nacional con un enfoque multidimensional. Entre las principales contribuciones del gremio se destacan:

  1. Participación activa en espacios de diálogo público-privado, incluyendo mesas de trabajo técnicas con autoridades, expertos internacionales y gremios aliados para promover mejores prácticas y estándares globales.
  2. Colaboración con la Alianza Digital de la Unión Europea, con el objetivo de fortalecer la ciberdiplomacia y la cooperación internacional para enfrentar amenazas transnacionales.
  3. Organización por dos años consecutivos de “La Semana de la Ciberseguridad e Inteligencia Artificial”, un evento que ha contribuido a la formación de profesionales, becarios y especialistas en materias de seguridad digital.
  4. Consolidación de mesas de trabajo internas, orientadas a articular una visión país que permita trasladar conocimientos técnicos especializados al diseño de políticas públicas robustas y eficientes.
  5. Estas iniciativas han sido fundamentales para sensibilizar sobre la urgencia de una ley moderna, promover la participación plural de actores y aportar la evidencia empírica que trazaron el camino de la actual norma.
  6. Destacamos el balance entre protección, innovación y competitividad como una de las principales fortalezas del texto aprobado que refleja un proceso de construcción responsable liderado por técnicos, gremios, organizaciones y autoridades públicas.
  7. Contenidos que se agregarían a la malla curricular de Ecuador

1.   En cuanto a las reformas a la Ley de Educación Intercultural, la nueva normativa dice que busca fomentar la ciberseguridad, “promoviendo una educación que desarrolle habilidades de prevención de riesgos digitales y respalde la integridad física, psicológica y emocional de los estudiantes en entornos digitales”.

En la asamblea se comentó que “el 23 % de los niños y niñas, de nueve a diez años, está siendo reclutado por el crimen organizado, frente a lo cual hay que tomar medidas oportunas”.

Por ello, propone cambios en la malla curricular del sistema educativo para “reconstruir el tejido social, a través de la cultura, de la educación, del deporte y del arte”. A continuación, te explicamos lo que dice el documento aprobado por la Asamblea.

¿QUÉ CONTENIDOS SE INCORPORAN EN LA MALLA?

La nueva ley dispone que la Autoridad Educativa Nacional agregue en el currículo nacional contenido sobre seguridad digital, “destinados a educar a estudiantes en el uso responsable de la tecnología, identificación de riesgos en línea, y buenas prácticas de higiene digital”.

Algunos contenidos que se impartirán tienen que ver con la prevención del ciberacoso, grooming y sexting.

También, habrá temas de privacidad de la información y desinformación, y otras formas de captación o manipulación en entornos digitales que puedan afectar la integridad, seguridad y desarrollo de niños, niñas y adolescentes.

Por otro lado, el proyecto de ley implementa programas de capacitación en seguridad digital y ciberseguridad para docentes y personal educativo, a fin de que puedan identificar amenazas digitales, así como educar a los estudiantes en prácticas seguras en el entorno digital.

PROTOCOLOS DE VIOLENCIA DIGITAL

Otra disposición es que la Autoridad Educativa Nacional establezca protocolos de prevención y respuesta ante incidentes de violencia digital en el sistema educativo. Estos protocolos incluirán medidas para:

  • La identificación temprana de ciberacoso, grooming y otros tipos de violencia digital.
  • La creación de rutas de denuncia seguras para estudiantes y personal educativo.
  • La coordinación con las autoridades competentes para la protección y atención de las víctimas.

·      En ese mismo sentido, el proyecto también agrega a la Ley Orgánica de Comunicación que se destine una hora diaria para la transmisión de programas oficiales de tele-educación, cultura, salubridad, derechos y seguridad digital, elaborados por los Ministerios o Secretarías competentes en estas materias.

Descargar Proyecto de Ley Ciberseguridad de Ecuador

Noticias relacionadas

 

GALO LIMA, Oficial de Cumplimiento y Seguridad Informática, 0981478818, galolima@hotmail.com